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¿Cómo puede una marca aprovechar el Metaverso?


Tal como ocurre en el mundo físico, te cuento que para las realidades virtuales los problemas cotidianos no distan mucho de lo real, así que en unos años temas como la privacidad, el manejo de datos, la defensa de la competencia, el bullying, los derechos de Propiedad Intelectual, el registro de marcas y un sin fin de temas irán surgiendo y afectando el libre desenvolvimiento en estos mundos virtuales.


En tal sentido, considero muy importante que desde ya vayamos preparándonos para prevenir y no lamentarnos, para el caso del registro de marcas, los titulares deben crear su estrategia de defensa de cada activo intangible dentro de esta realidad. Así, con esto, la protección debe ser el primer objetivo.


No es para dentro de 10 años cuando debes tomar acción, es a partir de este momento que necesitas revisar y estudiar cómo vas a crear tu propio mercado virtual, cómo vas a exponer tus productos en estos nuevos espacios, pero para ello tus marcas deben estar registradas y contar con una vigilancia post registro sólida que te permita crear autoridad y reconocimiento en el mundo virtual inmersivo o lo que llamamos metaverso, que no es metaverso, yo apoyo la teoría de quienes dicen multiverso porque realmente no tenemos uno solo, tenemos muchos mundos virtuales inmersivos y cada uno opera en plataformas diferentes bajo sus propias reglas.


Pero seguramente te has preguntado, ¿Cómo comienzo?, ¿Qué es lo primero que debo hacer para estar en el metaverso?, ¿cómo registro mi marca en el metaverso?, en fin son muchas interrogantes que debes plantearte, pero no solo es hacerte las preguntas, debes ir más allá y tomar acción inmediata, por ejemplo, a la pregunta como comienzo, te diría, debes comenzar leyendo, investigando o asesorándote con un experto, él será quien te oriente y diseñe tu estrategia de ingreso en este mundo, al hacer esta tarea ya tendrás respuesta para todas las demás.


Pero suponiendo que no quieres asesorarte con un especialista, sino que decides hacerlo por tus propios medios, te dejo estos típs para que comiences:



1.- Investiga las diferentes plataformas que existen, escoge la que consideres, se adapta más a tu nicho y en donde crees estará tu audiencia.

2.- Crea la estrategia de registro de tus marcas para poder ser usadas en estos espacios, las clases en donde debes hacer los registros son aquellos renglones vinculados a la tecnología.

3.- Analiza cómo vas a estar, por ejemplo, una forma idónea y efectiva puede ser como patrocinante de eventos en línea virtuales que se hacen en dichos espacios, o vender tus productos a través de certificados virtuales., esto por colocarte un ejemplo.



Suponiendo que vendes zapatos o cremas corporales, deberías preguntarte, ¿Qué clase es la más conveniente para mí?, ¿cómo haré las descripciones de los servicios?.


Si aplicamos la lógica, lo idóneo es que puedas clasificar o buscar tu marca para el metaverso en clases como la 9 aplicadas a programas de carácter informático, o clase 35 para servicios de carácter comercial con tus productos virtuales y servicios de entretenimiento, pero en el mundo virtual, también podríamos vincularnos con la clase 42 para productos no descargables y clase 36 para productos y servicios financieros.



Al ser situaciones relativamente nuevas, aún no existe una estandarización universal con respecto a las descripciones que deben hacerse para cada clasificación, es posible que en unos años ya este tema esté más popularizado.


USO NO AUTORIZADO DE LA MARCA
EN EL METAVERSO:


Te cuento que ya a la fecha se han presentado casos de litigio por temas de propiedad Intelectual (PI) y el uso no autorizado de las marcas en mundo virtual, uno que ha causado mucho revuelo es el de Hermes, esta es una empresa famosa por sus bolsos; sus propietarios demandaron porque a su decir han sido víctimas de copia de sus bolsos que están siendo vendido en una plataforma de NFT sin el debido permiso.


Ante un hecho como este, la pregunta es, ¿cómo solucionar o defender mi marca?, tal como lo leí en algún momento en un artículo de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), cuando estemos en presencia de un hecho de violación de nuestros derechos de PI lo más lógico es aplicar las mismas leyes existentes en el mundo real, tal vez a Hermes por ser reconocida y famosa, la solución llegue más rápido y efectiva.


Pero, te has puesto a pensar cómo defenderías tu marca ante un hecho de infracción, siendo que tu marca no es tan exclusiva y famosa, es altamente probable que las dificultades para la defensa sean más complicadas porque no está protegida en las clases correspondientes. Pues las leyes son muy claras, las marcas protegen productos dentro de la clasificación que corresponde, es decir, si la tienes registrada en la clase 30 para alimentos, pero no en las clases relacionadas con el metaverso, conseguir una solución quizá sea más complicado.


Te preguntarás, pero Carmen solo me hablas de problemas, yo necesito conocer realmente cuál es la solución, y tienes razón, aquí te cuento la solución, DEBES REGISTRAR TU MARCA, y seguramente dirás, ¡pero si yo ya la tengo registrada!, ¿cómo es eso que nuevamente debo hacer registros?, pues te diría que sí, en definitiva debes hacer nuevos registros, las marcas son por clases, renglones, o rubros como quieras llamarlas, y como te expliqué más arriba, si tienes tu nombre para alimentos en el mundo real que es la clase 30 deberías registrarla en la clase 35 y 9 que son las clases vinculadas a la tecnología y mundo virtual.


¿Pero por qué es estos renglones?, sencillo, es obvio que tú no vas a comer hamburguesas reales en el metaverso, o vas a usar un jean de verdad en el metaverso, pero si usarás una réplica del original o te comerás una hamburguesa virtual, eso se llama gemelo digital, y es que cada producto que vemos en el universo virtual tiene un gemelo en el mundo real. Y esos gemelos se caracterizan a través de códigos que son los que identifican al dueño en el mundo metaverso.


Así que en conclusión te diría, la única manera de defender una marca en el mundo virtual es que esté registrada de manera debida en las clases que corresponde en el mundo real, así que la solución y tu acción es la ampliación en la protección a los productos y servicios virtuales. Conclusión, debes empezar ya a crear tu estrategia accionable de registro de activos intangibles para usarlos en el metaverso.


¿CÓMO VIGILAR MI MARCA EN EL METAVERSO?


El proceso de vigilancia de una marca registrada en el mundo virtual no dista mucho de lo que se realiza en el mundo físico, por ello lo ideal es contar con el apoyo de un experto que continuamente esté revisando los boletines y software pertinentes para detectar cualquier intento de uso por parte de un tercero.


Recuerdo un cliente que me preguntó de manera directa, ¿cómo hago yo para vigilar una marca? O sea, ¿debo estar todos los meses revisando que otros no hagan solicitudes con el mismo nombre?, la respuesta es sí, por eso es que se llama vigilancia, continuamente como dije más arriba se deben revisar que no ingresen nuevas solicitudes con ese nombre. En caso de un nuevo ingreso se hace la respectiva oposición para detener el proceso de intento de registro. Pero en este caso mi recomendación es que se lo dejes a los expertos.


¿DERECHOS DE PROPIEDAD EN EL METAVERSO?


Es muy controversial y es tema de discusión en los estudiosos la aplicación de las leyes en el metaverso en cuanto a la propiedad, y es que de acuerdo a la doctrina de agotamiento de derechos, cuando nosotros compramos un producto tangible existente en el mundo real, el titular o vendedor pierde derecho sobre este, yo comprador puedo hacer lo que quiera con el producto porque ahora me pertenece, es decir, si yo compro un libro, ya me pertenece, yo puedo hace con él lo que considere; menos reproducirlo para lucrarme.


¿Pero como se maneja esta doctrina en el mundo virtual?, es decir, hasta donde tengo derecho de usar lo que he comprado? Qué derechos adquiero como comprador?, hasta donde llegan los derechos del vendedor, el vendedor sigue teniendo derechos de Propiedad Intelectual sobre ese artículo transferido. ¿El titular de la venta sigue teniendo responsabilidades para con el comprador?.


Te voy a responder con un ejemplo, existe un juego que se llama fortnite, el cual se juega en un mundo virtual, en dichos espacios se venden accesorios y skin, productos para que los usuarios puedan colocarle a sus avatares, estos accesorios siempre pertenecerán al jugador que los puede seguir utilizando en las versiones actualizadas de fortnite, pero solo dentro de la plataforma del juego, es decir, si el usuario quiere ir a una plataforma diferente no puede llevarse lo que utiliza en Fortnite.


Si analizamos este caso podríamos decir que realmente no hay una propiedad absoluta como en el mundo real, en todo caso tenemos una propiedad relativa con derecho a, es decir, yo compré los accesorios virtuales para mi avatar, pero estoy limitada a usarlos solo en ese metaverso, no podría yo llevarlo a otra plataforma virtual porque lo que realmente me están vendiendo es una transferencia de uso a algo. Es decir, la propiedad está limitada a esa plataforma y yo podría hacer la venta o transferencia solo dentro de ese espacio, pues para otro espacio no me serviría.


No es como la realidad, yo puedo llevarme el libro a donde quiera, puedo venderlo a un tercero, regalarlo, no hay límites para llevarlo de un lugar a otro.


Si aplicamos este ejemplo a los productos virtuales de las marcas, por ejemplo unos zapatos de la marca puma, pero los compré para mi avatar en Roblox, surge la pregunta, ¿podré usarlo en otra plataforma, como Decentraland por ejemplo? O solo estoy limitada a una?, por eso mi concepción es simple, aún no tenemos metaverso, tenemos múltiples plataformas virtuales, cada una con sus condiciones y experiencias.


Porque es altamente probable que ese vestido virtual caro y esos zapatos de marca reconocida solo estén disponibles para su uso en ese metaverso, pero no para otras plataformas, así que la ambiciosa tarea está por hacer, crear un metaverso donde tengamos un solo mundo inmersivo y no muchos como ha sido hasta ahora.


Los retos están, muchos temas por dilucidar, temas como la territorialidad, las licencias, infracciones de uso, la vigilancia de los derechos y todo lo que significa convivir en un mundo paralelo al físico pero totalmente inmersivo.


Cuando hablemos de propiedad en el metaverso tenemos que acordarnos del término posesión. ¿Sabías que no es lo mismo ser propietario que estar en posesión de algo?, sigamos y te cuento, de acuerdo a las leyes, la propiedad es el derecho absoluto que tienes sobre algo, ejemplo yo tengo mi casa, es de mi propiedad y hago con ella lo que considere, mientras que la posesión no es propiedad, porque puede ser que tú estés haciendo uso de algo sin ser el dueño, simplemente en ese momento tienes la posesión, por ejemplo, un arrendatario está en posesión de un inmueble, pero no es de su propiedad.


Lo cierto, es que la propiedad te otorga la capacidad de poseer cosas tangibles e intangibles, es decir, una casa y la expresión de ideas, por ejemplo, si eres un artista o escritor y haces un cuadro o un libro, tendrías la propiedad y posesión del cuadro o el libro, eso es propiedad intangible.


Pero en el mundo físico ya está más que resuelto el tema de la propiedad, solo puedes ser dueño de una casa y estarla usando una vez al mismo tiempo, no tienes una copia tuya para estar en dos casas en distintos lugares al mismo tiempo, o solo una persona a la vez puede tener propiedad y poseer, es decir usar una computadora al mismo tiempo, lo ideal sería que en el virtual suceda exactamente lo mismo, y para ello la solución es el registro de las marcas, la vigilancia de las marcas y el registro de los derechos de propiedad como por ejemplo derechos de autor en la red blockchain.


Mientras no tengamos una sola plataforma tendrás que estar en diferentes plataformas.


El estado ideal sería tener una ficha técnica en blockchain con los datos del propietario en el mundo real, donde se especifique el tipo de activo intangible, además que sería supertransparente porque cada movimiento o transacción que se realice quedaría grabado en la red.


Por esta razón no todo está dicho, aun cuando a una infracción de marca en el mundo virtual se puede aplicar las leyes del mundo físico, no es menos cierto que falta mucho por hacer, pues hay legislaciones que ni siquiera reconocen estas nuevas tecnologías, tal vez en un tiempo estemos hablando del concepto de propiedad de activos digitales.


¿Qué marcas están el metaverso?


Hay varias marcas que se han aventurado a probar en estos nuevos espacios con el fin de ganar más adeptos y en consecuencia vender, tenemos así, el caso de Coca Cola, Gucci, Carolina Herrera, Louis Vuitton, Nike, entre otras, estas marcas se han esmerado en crear submundos virtuales dentro de las plataformas de metaverso para ofrecer a sus clientes y consumidores, experiencias, exposiciones, paseos temáticos, por ejemplo, Gucci creó un espacio temporal en Roblox, el objetivo era pasar diferentes niveles donde los usuarios podían comprar por ejemplo tratamientos estéticos para sus avatares.


Si tienes tu marca, pero no sabes cómo registrarla para que pueda estar en el metaverso te invito a descargar este curso gratis sobre registro de marcas.

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